El próximo viernes 16 de Enero de 2026 vence el plazo para enviar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) los Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) mensual, trimestral y semestral (dependiendo del sector económico al que pertenezca), por transacciones superiores a USD 10.000, o su equivalente en pesos chilenos, según el valor del dólar observado el día en que se realizó la operación.

¿Quiénes deben reportar?

ROE mensual: Bancos.

ROE trimestral: Administradoras de Fondos de Inversión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Administradoras de Fondos Mutuos, Administradoras de Mutuos Hipotecarios, Administradoras Generales de Fondos, Agentes de Valores, Bolsas de Productos, Bolsas de Valores, Cajas de Compensación, Casas de Cambio, Compañías de Seguros, Cooperativas de Ahorro y Crédito, Corredores de Bolsas de Productos, Corredores de Bolsa de Valores, Emisoras u Operadoras de Tarjetas de Crédito, Tarjetas de Pago con provisión de fondos, o cualquier otro sistema similar a los referidos medios de pago, Empresas de Arrendamiento Financiero (Leasing), Empresas de Depósitos de Valores regidas por la Ley N° 18.876, Empresas de Factoraje (Factoring), Empresas de Securitización, Empresas de Transferencia de Dinero, Empresas de Transporte de Valores, Instituciones Financieras, Operadores de Mercados de Futuro y de Opciones, Otras entidades facultadas para recibir moneda extranjera. Fintec: Prestadores del servicio de Custodia de Instrumentos Financieros, Proveedores del servicio de Iniciación de Pagos, Prestadores del servicio de Intermediación de Instrumentos Financieros, Prestadores del servicio de Plataforma de Financiamiento Colectivo, Prestadores del servicio de Sistemas Alternativos de Transacción, Otros fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

ROE semestral: Agentes de Aduana, Armas: Personas que se Dediquen a la Fabricación de Armas y Personas que se Dediquen a la Venta de Armas, Casas de Remate y Martillo, Casinos de Juego, Casinos Flotantes de Juego, Clubes de Caza, Clubes de Pesca, Clubes de Tiro, Comerciantes de Joyas y Piedras Preciosas, Comerciantes de Metales Preciosos, Conservadores, Corredores de Propiedades, Empresas Dedicadas a la Gestión Inmobiliaria, Hipódromos, Notarios, Organizaciones Deportivas Profesionales regidas por la Ley N° 20.019, Personas que se Dediquen a la Compraventa de Equinos de Raza Pura, Sociedades Administradoras de Zonas Francas, Usuarios de Zonas Francas, Representación de bancos extranjeros, Vehículos: Automotoras, Comercializadoras de Vehículos Nuevos o Usados y Empresas de Arriendo de Vehículos.

De no haberse registrado operaciones en efectivo superiores a USD 10.000, se debe enviar un Reporte Negativo de Operaciones en Efectivo (ROE NEGATIVO).

Los reportes ROE o ROE NEGATIVO deben enviarse en línea, a través del Portal de Entidades Reportantes de la web www.uaf.cl.

Considerar que la UAF puede aplicar multas por la no presentación del ROE / ROE NEGATIVO en los plazos correspondientes, como asimismo por la presentación de reportes deficientes o incompletos.

 

Fuente: www.uaf.cl.